Seguros para Carreras Populares, Trails, MTB, Duatlón, Triatlón y más

En Opera-Asesores, agencia exclusiva AXA, lideramos desde 2010 el sector de los seguros para eventos deportivos de running, MTB, duatlones y triatlones.

Nuestra posición como líderes nos permite ofrecer las mejores coberturas, adaptando y ampliando lo que establece el Real Decreto Deportivo al precio más competitivo.

Hemos colaborado con más de 1100 organizadores, ayuntamientos y clubes para la realización de más de 3300 carreras. Nuestra experiencia nos avala.

Opera-Asesores trabaja con AXA, pero las condiciones que ofertamos son exclusivas a nivel nacional para nuestros clientes.

Seguros para Carreras Populares, Trails, MTB, Duatlón, Triatlón y más

En Opera-Asesores, agencia exclusiva AXA, lideramos desde 2010 el sector de los seguros para eventos deportivos de running, MTB, duatlones y triatlones.

Nuestra posición como líderes nos permite ofrecer las mejores coberturas, adaptando y ampliando lo que establece el Real Decreto Deportivo al precio más competitivo.

Hemos colaborado con más de 1200 organizadores, ayuntamientos y clubes para la realización de más de 3400 carreras. Nuestra experiencia nos avala.

Opera-Asesores trabaja con AXA, pero las condiciones que ofertamos son exclusivas a nivel nacional para nuestros clientes.

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Eventos deportivos
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Organizadores
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Deportistas asegurados

Asistencia ilimitada en centros concertados y 6.000€ en centros públicos y privados de libre elección.

Posibilidad de admitir inscripciones hasta el momento de la salida.

Pago en base a los corredores que realmente toman la salida.

Consideración de los voluntarios como participantes frente a accidentes.

¿Cómo funciona el seguro exclusivo de Opera-Asesores?

Una vez acepata la propuesta de seguro y enviados los datos del organizador de la prueba (nombre del tomador, nombre concreto del evento, fecha de realización, luguar de celebración, cuenta bancaria para domiciliación, etc), os mandamos el Certificado de Seguro expedido por AXA.

Con este cerrtificado, podréis gestionar todos los pormisos necesarios para la reañlización del evento por parte de las administraciones pertinentes.

Además, el certificado oferce plena cobertura, en caso de accidente, durante la celebración del evento hasta que la póliza definitiva se emita una vez finalizado el mismo.

Al no estar la póliza emitida todavía, podéis aceptar inscripciones para el evento hasta el mismo momento de la salida.

El certificado del que disponéis os da plena cobertura durante la realización de la prueba.

Es conveniente dejar algunas copias del certificado en las diferente ambulancias o puestos sanitarios disponibles en el lugar. De esta forma se agilizan los trámites en caso de accidente.

Una vez finalizada la prueba, el organizador remite a Opera-Asesores el listado de deportistas que efectivamente han tomado la salida. De este modo, el precio del seguro se calcula en base al número exacto de participantes reales.

Una vez recibido el listado se solicita la emisión definitiva por parte de AXA. Este proceso suele tardar menos de 24 horas.

Tras la emisión de la póliza, esta se envía al organizador y este procede al pago de la prima convenida. Este pago se realiza usualmente por domiciliación bancaria.

 

En caso de que algún participante sufra un accidente, el organizador debe comunicarnos el mismo día, datos del accidentado (incluyendo email y teléfono) junto con los partes de la primera asistencia por el médico de la carrera o el servicio de urgencias del centro médico, para poder entrar en contacto con el accidentado.

A partir de ese momento, Opera-Asesores se encarga de la tramitación y seguimiento del siniestro.

Es importante que, en caso de desplazamiento, la ambulancia cuente con una copia del certificado de seguro.

Preguntas frecuentes

Dos, el seguro de accidentes y el de seguro responsabilidad civil.

El Real Decreto Deportivo 849/1993 establece la obligación de contratar un seguro de accidentes que garantice las siguientes prestaciones: 

    1. Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límites de gastos, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente.

    2. Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.

    3. Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.

    4. Los gastos originados por rehabilitación durante el periodo de dieciocho meses desde la fecha del accidente.

    5. Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 6.010,12 euros, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por perdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.

    6. Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, con un mínimo, para los grandes inv6lidos (tetraplejia), de 12.020, 24 euros.

    7. Auxilio al fallecimiento, cuando este se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 6.010,20 euros.

    8. Auxilio al fallecimiento, cuando este se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 1.803,31 euros.

    9. Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 % del precio de venta al público del mencionado material ortopédico.

    10. Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos ser6n cubiertos hasta 240,40 euros como mínimo.

    11. Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional.

    12. Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional.

Además, para la celebración de eventos deportivos en la vía pública, el Real decreto 1428/2001 establece que es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil con un capital mínimo de 350.00€ para daños personales y 100.000€ para daños a bienes.

El seguro exclusivo de Opera-Asesores garantiza, además de los 350.000€ para daños personales, 450.000€ para daños a bienes, ampliando lo dispuesto en el Real Decreto

Con Opera-Asesores no necesitas enviar el listado de participantes antes de realizar el evento.

Lo envías una vez realizado, el mismo día de la carrera o al día siguiente, así se facturan únicamente los deportistas que realmente han tomado la salida en la prueba. Además, de esta forma puedes admitir inscripciones hasta el mismo día del evento.

Sí, existen primas mínimas en función de la modalidad del evento. No dudes en contactar con nosotros para conocer más al respecto.

Una vez aceptada la propuesta, nos debe remitir los siguientes datos:

    • Datos del organizador (tomador del seguro): Nombre completo, dirección, CIF, teléfono y email.
    • Datos del evento: Nombre concreto, lugar y fecha de ralización, tipología (carrera popular, trail, MTB, etc.) y estimación de número de participanes.

Tras la realización del evento debes aportar:

    • Listado definitivo, convenientemente en excel, de participantes que hayan tomado la salida con nombre DNI de los mismos como mínimo.
    • Cuenta bancaria para la domiciliación del recibo.

En caso de que se produzca un accidente:

    • Parte del médico de la prueba o del servicio de urgencias.
    • Datos de contsacto del accidentado (nombre, teléfono y email).

Significa que el accidentado no está obligado a acudir a un centro concertado por la compañía de seguros. De esta manera se reduce la distancia de desplazamiento en caso de accidente, pues el asegurado puede acudir a cualquier centro médico, público o privado, próximo al lugar del evento o a su lugar de residencia, este el mismo concertado o no con la compañía. Con un límite de 6.000€ para asistencia sanitaria en centros no concertados y sin límite en centros concertados.

Existe la opcion de incluir a los voluntarios en el seguro, de esta forma, aunque no participen como deportistas estará cubiertos por el seguro en las mismas condiciones que un corredor.

Accidente siempre es la lesión súbita, externa y ajena a la voluntariedad del
lesionado, derivada de un choque, caída, impacto, etc

Hay que tener en cuenta que los desmayos, bajadas de azúcar, infartos, lesiones
internas, como desgarros de gemelos, lesiones musculares, etc…, no se consideran
accidente y no tienen cobertura por el Real Decreto por lo que en estos casos siempre
se ha de derivar a hospitales públicos que tienen la obligación de atenderlos como
ciudadanos.

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